Información de exportación de Tau2

Información de exportación – IMPORTANTE

Cámaras termográficas Tau2 640 y 336

Todas las cámaras Tau2 (de cualquier velocidad de fotogramas), además de los datos técnicos relacionados (distintos a los datos aprobados para la divulgación pública), están controladas con motivos de exportación por el Departamento de Comercio de EE. UU. (USDOC) y pueden requerir una licencia de exportación validada del USDOC antes de poder exportarse, reexportarse o retransferirse fuera de los Estados Unidos o Canadá. El número de clasificación de control de exportación (ECCN) es 6A003.b.4.b para todas las cámaras Tau 2.

Se requieren dos formularios para que FLIR haga una solicitud al Departamento de Comercio para obtener una licencia de exportación validada para cámaras termográficas Tau2 de 640 x 512 o baja resolución: 

  1. Se debe cumplimentar un formulario BIS-711, Declaración de Destinatario Final O Comprador, por parte del destinatario y el usuario final. A continuación, el personal de exportación de FLIR enviará el formulario cumplimentado al USDOC. No está permitida la exportación, la reexportación ni la retransferencia de cámaras Tau 2 o los datos técnicos relacionados sin la previa aprobación del gobierno de los EE. UU. Se prohíbe cualquier desvío contrario a las leyes de EE. UU.
  2.  Formulario de información de transacción de FLIR.  Consulte también la hoja de datos de exportación de FLIR para las cámaras Tau2 640 y 336. 

Aspectos generales

FLIR emplea a un equipo de profesionales del cumplimiento comercial que comprende las normas y regulaciones de exportación y puede ayudar a nuestros clientes si tienen problemas o preguntas relacionados con la exportación. En circunstancias en las que FLIR entregue una cámara a un cliente en EE. UU. que tenga la intención de exportar o reexportar la cámara FLIR fuera de Estados Unidos, esté o no la cámara integrada en otro producto, es responsabilidad del cliente solicitar la licencia de exportación necesaria al departamento adecuado del gobierno de EE. UU. Se prohíbe cualquier desvío contrario a las leyes de EE. UU.

Las políticas de exportación que rigen la exportación de cámaras termográficas las establece el gobierno de EE. UU. y para que FLIR cumpla los requisitos de las políticas, a su vez, nosotros nos aseguramos de que nuestros clientes aceptan estas condiciones.

Dirija sus preguntas o preocupaciones sobre el estado de exportación de productos termográficos OEM de FLIR a exportquestions@flir.com.

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